EL ORGANISMO
49
Organigrama
3.2
Entre otras atribuciones del organismo destacan:
›
El otorgamiento de autorizaciones y concesio-
nes referentes al dominio público hidráulico,
salvo las relativas a las obras y actuaciones de
interés general del Estado, que corresponde-
rán al Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente.
›
La inspección y vigilancia del cumplimiento
de las condiciones de concesiones y autoriza-
ciones relativas al dominio público hidráulico.
›
La realización de aforos, estudios de hidrolo-
gía, información sobre crecidas y control de la
calidad de las aguas.
›
El estudio, proyecto, ejecución, conservación,
explotación y mejora de las obras incluidas en
sus propios planes, así como de aquellas otras
que pudieran encomendársele.
›
La definición de objetivos y programas de cali-
dad de acuerdo con la planificación hidrológica.
›
La realización, en el ámbito de sus compe-
tencias, de planes, programas y acciones que
tengan como objetivo una adecuada gestión
de las demandas, a fin de promover el ahorro
y la eficiencia económica y ambiental de los
diferentes usos del agua mediante el aprove-
chamiento global e integrado de las aguas su-
perficiales y subterráneas, de acuerdo, en su
caso, con las previsiones de la correspondien-
te planificación sectorial.
›
La prestación de toda clase de servicios técni-
cos relacionados con el cumplimiento de sus
fines específicos y, cuando les fuera solicitado,
el asesoramiento a la Administración General
del Estado, comunidades autónomas, corpo-
raciones locales y demás entidades públicas o
privadas, así como a los particulares.
SECRETARÍA
GENERAL
PRESIDENCIA
COMISARÍA
DE AGUAS
OFICINA DE
PLANIFICACIÓN
HIDROLÓGICA
DIRECCIÓN
TÉCNICA