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OFICINA DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA

173

Fin del primer ciclo:

aprobación de planes

hidrológicos del Guadalquivir, Ceuta y Melilla

6.2

Plan Hidrológico de la Demarcación

Hidrográfica del Guadalquivir

E

n el transcurso del 2013, se ha culminado el pri-

mer proceso de planificación hidrológica de la

demarcación hidrográfica del Guadalquivir, cuyos

trabajos se iniciaron en 2007. Tras la finalización

del período de consulta pública de los Documen-

tos Iniciales, Propuesta de Temas Importantes y

Propuesta del Plan Hidrológico, y una vez incor-

poradas las aportaciones y modificaciones opor-

tunas resultantes de los informes fruto de dicho

período, el Consejo de Agua de la Demarcación

informó favorablemente dichos documentos.

Tras la conformidad manifiesta del Consejo de

Ministros, por el

Real Decreto 355/2013

, de 17 de

mayo, se procede a aprobar el Plan Hidrológico

de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir.

El Plan Hidrológico del Guadalquivir constituye la

piedra angular sobre la que se apoya la gestión de

los recursos hídricos para alcanzar los objetivos

de la planificación hidrológica: conseguir el buen

estado y la adecuada protección del dominio pú-

blico hidráulico y de las aguas, la satisfacción de

las demandas, y el equilibrio y armonización del

desarrollo regional y sectorial, incrementando las

disponibilidades del recurso, protegiendo su ca-

lidad, economizando su empleo y racionalizando

sus usos en armonía con el medio ambiente y los

demás recursos naturales. Además, Es el principal

elemento de información y participación para la im-

plantación de la Directiva Marco de Aguas (DMA)

en los Estados Miembros de la Unión Europea.

La nueva planificación hidrológica incorpora la

necesidad de compatibilizar la consecución del

buen estado de las aguas superficiales y subte-

rráneas además de atender las demandas exis-

tentes, llevando a cabo una gestión racional y

sostenible del recurso. Una de las principales

novedades que aporta el plan es la imposición a

los distintos usuarios de unas eficiencias mínimas

que determinarán las dotaciones brutas de agua

para cada uno de los usos previstos. Con ello, los

usos agrarios y de abastecimiento a las poblacio-

nes deberán hacer un uso más eficiente del agua

e incorporar mejoras para su modernización.

En el plan se establece también una reorganiza-

ción de los sistemas de explotación. En aras al

equilibrio territorial en la totalidad de la demar-

cación, la CHG ha desarrollado un intenso trabajo

con el fin de integrar en un sistema único la ma-

yor extensión posible de la cuenca, lo que per-

mitirá ofrecer las mismas garantías a los distintos

usuarios apostando por una gestión basada en la

unidad de cuenca. Por este motivo, se reducen de

15 a 8 los sistemas de explotación incorporando

al Sistema de Regulación General todos los terri-

torios con capacidad de interconexión entre sí.

De esta forma, el 73% de la demarcación quedará

integrado en el Sistema de Regulación General,

mientras que se establecen los sistemas parcia-

les de explotación del Guadiamar, el de abaste-

cimiento a Sevilla, abastecimiento de Córdoba,

abastecimiento de Jaén, Hoya de Guadix, Alto

Genil y Bembézar-Retortillo. Sobre cada uno de

ellos se ha realizado un análisis para la obtención

de los balances y la determinación de las asigna-

ciones correspondientes.