Procedimiento Administrativo
Desde aquí podrá consultar con detalle cada procedimiento administrativo, rellenar sus formularios y presentar sus solicitudes de forma telemática.
Detalle del Procedimiento
Cada procedimiento esta descrito por una serie de campos que se detallan a continuación:
AUTORIZACIÓN PARA OTRAS ACTIVIDADES EN DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO O EN ZONA DE POLICÍA DE CAUCES
Objeto
Solicitud de la preceptiva autorización administrativa para poder llevar a cabo cualquier actuación no especificada en otras instancias en la zona de dominio público hidráulico o en la zona de policía de cauces.
Enlace Sede Electrónica Ministerio
Solicitud
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Cualquier persona o entidad que pretenda realizar cualquier actuación no especificada en otras instancias en la zona de dominio público hidráulico o en la zona de policía de cauces.
¿Quién resuelve el expediente?
Sin información
Plazo de resolución
6 meses
¿Quién otorga la autorización?
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
¿Cómo y dónde se solicita?
Una vez cumplimentada la solicitud, junto con la documentación requerida, se podrá presentar en: ¿ Si es persona jurídica, ya sea el solicitante o el representante, debe presentar su solicitud electrónicamente a través del Registro Electrónico(*) ¿ Si es persona física, además de la presentación electrónica, puede optar por la presentación física por cualquiera de las formas siguientes: o Presencialmente en el Registro General de la CHG (Plaza de España, SECTOR II, Sevilla). o Presencialmente en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registros (O.A.M.R.) de cualquier otra Administración u Organismo, indicando como organismo destinatario la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. o A través del Servicio de Correos, mediante correo certificado. (*) En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas entre otros: -Las personas jurídicas. -Las entidades sin personalidad jurídica. -Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Normativa reguladora
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de aguas. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
Tributos exigibles
Sin información
Documentación que debe aportarse
Sin información
Documentación a aportar
Sin información
Efectos de la resolución
Sin información
Observaciones
Sin información