OFICINA DE PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA
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Paralelamente al proceso de revisión del Plan en este segundo ciclo de la
planificación hidrológica, se están elaborando los Planes de Gestión del
Riesgo de Inundación derivados de la
Directiva europea 2007/60relativa a
la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, traspuesta al ordena-
miento jurídico español a través del
Real Decreto 903/2010de evaluación y
gestión de riesgos de inundación, que ha de culminar con la aprobación de
los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación en el mismo horizonte tem-
poral que la revisión de los Planes Hidrológicos de demarcación. La coordi-
nación entre ambos Planes es un elemento imprescindible, aprovechando
las sinergias existentes y minimizando las posibles afecciones negativas.
Documentos Iniciales
L
os documentos iniciales de los planes hidrológicos del Guadalquivir, Ceu-
ta y Melilla que han sido consultados en esta primera etapa, conforme a
lo establecido en el Reglamento de Planificación Hidrológica, atienden al
siguiente esquema:
A tales efectos, los citados documentos se pudieron consultar durante seis
meses, del 25 de mayo al 25 de noviembre de 2013, en las sedes de la Con-
federación Hidrográfica del Guadalquivir, así como en la página web del
organismo
( www.chguadalquivir.es). Asimismo, los citados documentos
estuvieron a disposición pública en las páginas electrónicas del Ministerio
de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
( www.magrama.es ). Den-
tro de ese plazo, se pudieron formular las oportunas alegaciones dirigidas
al organismo. Los comentarios han sido recibidos vía correo postal y elec-
trónico y a través de la Web del Organismo.
Programa,
calendario
Estudio general
sobre la Demarca-
ción Hidrográfica
Fórmulas de
consulta pública y
Proyecto de parti-
cipación pública
DOCUMENTOS INICIALES
Artículo 41.5 y disposición
adicional duodécima 1.a del TRLA
y artículo 77 del Reglamento de
Planificación Hidrológica
Artículo 41.5 del TRLA
y artículos 77 y 78
del Reglamento de
Planificación Hidrológica
Artículos 72 y 77
del Reglamento de
Planificación Hidrológica